Baja voluntaria: preaviso, finiquito, paro y cuándo no te conviene

Irse de una empresa por decisión propia es un derecho, pero tiene consecuencias económicas que conviene conocer antes de comunicarlo: no hay indemnización, no hay paro y la empresa puede descontar los días de preaviso que no cumplas.
Qué cobras y qué no
- Finiquito: sí. Salario de los días trabajados del último mes, vacaciones no disfrutadas y parte proporcional de las pagas extra. Calcúlalo con la calculadora de esta página.
- Indemnización: no. La baja voluntaria no genera indemnización.
- Paro: no, salvo las excepciones de la ley (traslado, modificación sustancial de condiciones, incumplimientos graves de la empresa declarados judicialmente).
Preaviso
El convenio fija el plazo; si no lo hace, se aplica la costumbre del sector, que suele ser de 15 días. Comunícalo por escrito con fecha y quédate con copia. Si no preavisas, la empresa puede descontar del finiquito el salario de los días de preaviso incumplidos. Si la empresa te dice que no vayas más durante el preaviso, sigue debiéndote esos días.
Alternativas cuando la empresa te sugiere la baja
Si la empresa te propone firmar una baja voluntaria para «evitar el despido», casi siempre te conviene no firmar:
- Con un despido, aunque sea disciplinario, tienes derecho al paro; con la baja voluntaria, no.
- Con un despido objetivo cobras 20 días por año; si es improcedente, 33.
- Si la empresa no paga o paga con retraso, puedes pedir la extinción por incumplimiento empresarial (art. 50 ET): indemnización de 33 días por año y paro.
- Si te trasladan a otra localidad o te cambian sustancialmente las condiciones (jornada, horario, salario, funciones), puedes extinguir el contrato con 20 días por año y derecho a paro.
Un acuerdo de extinción pactado (mutuo acuerdo con indemnización) es distinto de una baja voluntaria: puede negociarse una cantidad y, según cómo se documente, el acceso al paro. Que lo revise un laboralista antes de firmar.
Cómo comunicarla
Un escrito breve con tu nombre, la fecha de efectos y la fecha de entrega, firmado, entregado en mano con copia sellada o por correo electrónico al responsable de personal. No hace falta explicar los motivos. Pide el finiquito desglosado y el certificado de empresa.
Calcula tu finiquito
- Salario de los días trabajados del mes
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- Vacaciones generadas / pendientes
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- Importe de vacaciones no disfrutadas
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- Paga extra de verano pendiente
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- Paga extra de Navidad pendiente
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- Horas extra
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Preguntas frecuentes
¿Cuánto preaviso tengo que dar?
El que fije el convenio; si no dice nada, 15 días es la práctica habitual. Si no lo cumples, la empresa puede descontar del finiquito el salario de los días no preavisados.
¿Cobro el paro si me voy voluntariamente?
No, salvo que la baja sea por traslado a otra localidad, por modificación sustancial de condiciones que rechazas o por incumplimientos graves de la empresa (impago, retrasos) reclamados judicialmente. En esos casos hay indemnización y paro.
¿Puedo retractarme?
Solo si la empresa lo acepta, salvo que el preaviso siga corriendo y no haya contratado a nadie: algunos tribunales admiten la retractación durante el preaviso si no causa perjuicio.
¿Qué pasa si me hacen firmar la baja el día del despido?
Un documento de baja voluntaria firmado bajo presión puede impugnarse por vicio del consentimiento, pero es difícil de probar. Antes de firmar pide llevarte el documento y consultarlo: nadie puede obligarte a firmarlo en el acto.
Fuentes
- Estatuto de los Trabajadores arts. 40, 41, 49.1.d y 50
- Ley General de la Seguridad Social art. 267
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Datos revisados el 2026-09-02. Los resultados son orientativos y no sustituyen la revisión de tu caso por un abogado. Fuentes: Estatuto de los Trabajadores, Ley General de la Seguridad Social, Ley de Enjuiciamiento Civil y normativa autonómica citada en cada página. Ver metodología.