Despido improcedente: qué es, cuánto te corresponde y cómo se reclama

Actualizado el 2026-09-02 · despido improcedente · indemnización por despido improcedente · improcedencia del despido

Un trabajador lee la carta de despido en la mesa

Un despido es improcedente cuando la empresa no acredita la causa que alega o cuando no cumple los requisitos de forma. Es la calificación más habitual en los juzgados de lo social y la que fija la indemnización más alta de las ordinarias: 33 días de salario por año trabajado.

Cuándo es improcedente

  • Por fondo: los hechos de la carta no se prueban o no son suficientemente graves (disciplinario), o las causas económicas, técnicas, organizativas o productivas no existen o no justifican la extinción (objetivo).
  • Por forma: carta sin hechos concretos, sin fecha de efectos, despido verbal, despido objetivo sin indemnización puesta a disposición o sin preaviso pagado, falta de expediente contradictorio a un representante de los trabajadores.

No confundir con el despido nulo, que es el que vulnera derechos fundamentales o se produce en situaciones protegidas (embarazo, permisos de nacimiento, reducción de jornada por cuidado): ahí la consecuencia es la readmisión obligatoria con salarios de tramitación.

Cuánto se cobra

33 días de salario por año de servicio, prorrateando por meses los periodos inferiores al año, con tope de 24 mensualidades. Para contratos anteriores al 12 de febrero de 2012, el tiempo previo a esa fecha se calcula a 45 días por año con tope de 42 mensualidades, y el posterior a 33 días. El salario que se usa es el bruto diario con pagas extra y complementos salariales: salario anual dividido entre 365.

Ejemplo: 30.000 € brutos anuales (82,19 € al día), 6 años y 4 meses de antigüedad, todo posterior a 2012. Meses computables: 76. Días: 33 × 76 ÷ 12 = 209. Indemnización: 209 × 82,19 = 17.178 €.

Usa la calculadora de esta página para tu caso; aplica automáticamente el tramo anterior a 2012 y los topes.

Readmisión o indemnización

Declarada la improcedencia, la empresa tiene cinco días para optar:

  • Indemnizar con los 33 días por año. El contrato queda extinguido en la fecha del despido y no hay salarios de tramitación.
  • Readmitir en las mismas condiciones y pagar los salarios de tramitación desde el despido hasta la notificación de la sentencia.

Si la empresa no opta, se entiende que readmite. Si eres representante de los trabajadores, la opción es tuya.

Cómo se reclama, paso a paso

  1. Papeleta de conciliación ante el servicio de mediación de tu comunidad (SMAC, CMAC, SAMA, UMAC según el territorio) dentro de los 20 días hábiles siguientes a la fecha de efectos. El plazo se suspende con la papeleta.
  2. Acto de conciliación. Suele celebrarse entre 15 y 30 días después. Muchas empresas reconocen aquí la improcedencia y pagan la indemnización, exenta de IRPF hasta 180.000 €.
  3. Demanda en el juzgado de lo social si no hay acuerdo. Se presenta con el acta de conciliación «sin avenencia».
  4. Juicio y sentencia. Si la empresa no prueba la causa, se declara la improcedencia y se abre la opción entre readmisión e indemnización.

Cuánto tarda

La conciliación, semanas; el juicio depende del juzgado y de la ciudad: en las grandes capitales el señalamiento puede tardar entre seis meses y más de un año. Por eso el acto de conciliación es el momento clave: un cálculo correcto y una papeleta bien fundamentada suelen cerrar el asunto sin juicio.

Calcula tu indemnización por despido

Preguntas frecuentes

¿Quién decide si el despido es improcedente?

El juzgado de lo social en sentencia, o la propia empresa si reconoce la improcedencia en la conciliación previa. Reconocerla en conciliación le ahorra el juicio y a ti te garantiza la indemnización.

¿Puedo elegir entre readmisión e indemnización?

En general elige la empresa. Solo el trabajador elige si es representante legal de los trabajadores o delegado sindical.

¿La indemnización tributa?

Está exenta de IRPF hasta 180.000 € si se reconoce en conciliación administrativa o judicial, o en sentencia. Si la empresa la paga en un acuerdo privado sin conciliación, Hacienda puede considerarla tributable.

¿Cobro el paro si el despido es improcedente?

Sí. Cualquier despido, procedente o improcedente, da acceso a la prestación si reúnes los 360 días cotizados. Solicítalo en los 15 días hábiles siguientes a la fecha de efectos.

Datos revisados el 2026-09-02. Los resultados son orientativos y no sustituyen la revisión de tu caso por un abogado. Fuentes: Estatuto de los Trabajadores, Ley General de la Seguridad Social, Ley de Enjuiciamiento Civil y normativa autonómica citada en cada página. Ver metodología.